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         CONTABILIDAD FINANCIERA

                                               Enseñanza apoyada
                                              con planillas de Excel
                                                     XP-2003
                                                  Preparada por:

                                                Lic. Aud. Lorgio
                                                 Solíz Castillo
                                                 Camiri – Santa
                                                     Cruz
                                                      BOLIVIA
                                                        2007
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               TRIBUTOS FISCALES
                LEYES Nº 843 Y Nº
                      1606



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                LEY DE REFORMA TRIBUTARIA
       Nuevo sistema tributario reglamentado
        mediante Ley Nº 843 del 20/05/86
       Texto ordenado según DS 24013 del 20/05/95
       Modificada por Ley Nº 1606 del 22/12/94 con
        vigencia a partir del 01/01/95




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                LEY DE REFORMA TRIBUTARIA
                     SUS REGLAMENTOS

      1.   Impuesto al Valor Agregado (IVA) – D.S. Nº
           21530 del 22/02/87, modificado por D.S. Nº
           24049 del 29/06/95
      2.   Régimen Complementario al Impuesto al
           Valor Agregado (RC-IVA), D.S. Nº 21531 del
           27/02/87, modificado por D.S. 24050 del
           29/06/95
      3.   Impuesto sobre las Utilidades de las
           Empresas (IUE), D.S. 24051 del 29/06/95


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               LEY DE REFORMA TRIBUTARIA
              SUS REGLAMENTOS (Continuación..)

      4.   Impuesto a las Transacciones (IT), D.S. Nº
           21532 del 27/02/87, modificado por D.S. Nº
           24052 del 29/06/95
      5.   Impuesto a los Consumos Específicos (ICE),
           D.S. Nº 21492 del 29/12/86, modificado por
           D.S. Nº 24053 del 29/06/95
      6.   Impuesto Municipal a las Transferencias de
           inmuebles y vehículos automotores (IMT),
           D.S. 24054 del 29/06/95

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               LEY DE REFORMA TRIBUTARIA
              SUS REGLAMENTOS (Continuación..)

      7.     Impuesto Especial a los Hidrocarburos y
             sus Derivados (IEHD), D.S. Nº 24055 del
             29/06/95
             La    modificación   de     este  sistema
             impositivo fue adecuado a la etapa de
             cambios que vive el país, luego de
             promulgarse      leyes      tales   como
             “Participación Popular, Capitalización,
             Descentralización” y otras.

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        CLASIFICACION DE LOS IMPUESTOS
                   VIGENTES

      I. IMPUESTO NACIONAL
        IEHD = Impuesto Especial a los hidrocarburos y sus
                   Derivados
      II. IMPUESTOS NACIONALES
        COPARTICIPABLES
        IVA      = Impuesto al Valor Agregado
        RC – IVA = Régimen Complementario al
                           Impuesto al Valor Agregado
        IUE              = Impuesto sobre las Utilidades de las
                           Empresas

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             CLASIFICACION DE LOS IMPUESTOS
                        VIGENTES
      III.    IMPUESTOS NACIONALES
              COPARTICIPABLES
              IT   = Impuesto a las Transacciones
              ICE = Impuesto a los Consumos
                           Específicos
              TGB = Impuesto a la Transmisión Gratuita
                                    de Bienes
               IVE = Impuesto a los Viajes al Exterior,
                            también conocido como ISAE


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            CLASIFICACION DE LOS IMPUESTOS
                       VIGENTES
      IV.   IMPUESTOS MUNICIPALES
             IPB = Impuesto a la Propiedad de Bienes
                   inmuebles y vehículos automotores
            IMT = Impuesto Municipal a las Transferencias de
             inmuebles y vehículos automotores




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                         TIPOS DE REGÍMENES
       I.    RÉGIMEN GENERAL
             Comprende a todas aquellas personas naturales
             y jurídicas que realizan actividades económicas
             habituales.   Se     incorporan    también  los
             contribuyentes directos o independientes que
             perciben ingresos por cuenta propia.

       II.   RÉGIMEN TRIBUTARIO SIMPLICADO
             Se aplica a comerciantes minoristas, vivanderos
             y artesanos, que, por sus particulares
             condiciones socioeconómicas, están liberados
             de la presentación de formularios de cada
             impuesto     que   les   corresponde      pagar,
             habiéndose creado un sistema mediante el cual
             cancelan una cuota fija cada dos meses de
             acuerdo a sus ingresos y al capital que poseen.
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                         TIPOS DE REGÍMENES

       III.   SISTEMA TRIBUTARIO INTEGRADO
              Corresponde a los propietarios que posean
              hasta dos vehículos que se dedican al
              transporte público de pasajeros, sea urbano o
              interdepartamental. La forma de pago está de
              acuerdo a cierto ingreso presunto, que varía
              según el tipo de vehículo y actividad que
              realicen.

       IV.    RÉGIMEN TRIBUTARIO RURAL UNIFICADO
              Comprende a todos los propietarios de predios
              rurales considerados de tamaño medio.



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             IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
        Es trasladado al consumidor final, obliga a que los
         responsables inscritos en el SII facturen implícitamente
         el impuesto relativo a los precios de venta de sus
         bienes y servicios, pero sólo paguen al fisco por la
         diferencia entre el impuesto facturado (ventas) y el que
         le facturan terceros (compras). Las ventas generan el
         Débito Fiscal a favor del Fisco y las compras el Crédito
         Fiscal a favor del contribuyente.
        DÉBITO FISCAL = Representa la deuda de la empresa ante la
         DGII por el % relativo al IVA atribuido sobre las ventas efectuadas
         de bienes y servicios alcanzados por dicho gravamen.
        CRÉDITO FISCAL = Representa el saldo a favor de la empresa
         ante la DGII por el % relativo al IVA atribuido sobre las compras
         efectuadas de bienes y servicios alcanzados por dicho
         gravamen.


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                       ESTRUCTURA DEL IVA
       I. OBJETO. Son objeto de este impuesto:
       a) Las ventas de bienes muebles efectuados por los
          sujetos pasivos.
       b) Los contratos de obras, prestación de servicios y          toda
          otra prestación, cualquiera fuere su naturaleza, y
       c) Las importaciones definitivas.

       II. SUJETO. Son sujetos pasivos de este impuesto
            quienes          se dediquen o realizan:
       a) en forma habitual a la venta de bienes muebles;
       b) en nombre propio o por cuenta de terceros la venta de
            bienes muebles;
       c)   a nombre propio importaciones definitivas;
       d)   obras o presten servicios de cualquier naturaleza;
       e)   alquilen bienes muebles o inmuebles;
       f)   operaciones de arrendamiento financiero de bienes
            muebles.
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                     ESTRUCTURA DEL IVA

       III. NACIMIENTO DEL HECHO GENERADOR. El
            hecho imponible se perfeccionará en los
            siguientes casos:
       a)   en el caso de ventas, sean éstas al contado o al
            crédito en ambos casos respaldadas con factura.
       b)   por contratos de obras o prestación de servicios
       c)   en la fecha en que produzca la incorporación de
             bienes muebles o retiro de bienes muebles.
       d)   en el momento del despacho aduanero de
            importaciones definitivas o de emergencia.
       e)   en el caso de arrendamiento financiero al
            vencimiento de cada cuota y el pago final de la
            opción de compra.



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                    ESTRUCTURA DEL IVA
       IV.   BASE IMPONIBLE.
             Constituye la base imponible el precio neto de la
             venta de bienes muebles, de los contratos de obras
             y de prestación de servicios, cualquiera fuere su
             naturaleza, consignado en la factura. El precio
             neto de venta resulta de deducir del precio de
             venta menos bonificaciones, descuentos y valor de
             envases más los servicios de transporte, limpieza,
             embalaje,     seguro,    garantía,     colocación,
             mantenimiento y similares e intereses por ventas a
             plazo. En caso de importaciones el valor CIF
             (Costo, Seguro y Flete).




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                    ESTRUCTURA DEL IVA
       V. DÉBITO FISCAL = Es el porcentaje atribuible a los
         importes totales de los precios netos de las ventas,
         contratos de obras y de prestación de servicios
         aplicando la alícuota del 13%
       VI. CRÉDITO FISCAL = Es el porcentaje atribuible a los
         importes totales de los precios de compras de bienes y
         servicios alcanzados por dicho gravamen, aplicando la
         alícuota del 13%.
       VII.DIFERENCIAENTRE EL DÉBITO Y EL
         CRÉDITO FISCAL = Es el saldo relativo de las
         ventas y compras dependiendo cual es el mayor entre
         ellos para determinar el saldo a favor del fisco por las
         ventas si éste es mayor que las compras; y si la
         diferencia es a favor del contribuyente la diferencia surge
         cuando las compras son mayores que las de ventas.

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             MÉTODO DE CÁLCULO PARA EL IVA

       Método de cálculo por Adición:

               Factor de        Retribución   Importe       Alícuota
              Producción                        Bs.           13%

             Trabajo           Salario            1,800             234

             Capital           Intereses            900             117

             Tierra            Renta                500                65

             Empresa           Utilidad           1,200             156

                        TOTALES                   4,400             572



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         MÉTODO DE CÁLCULO PARA EL IVA
       Método de cálculo por Adición:
        Este    método establece la base imponible
         considerando la Suma de las retribuciones que
         hacen las empresas en un determinado período a
         los factores de producción.
        El IVA que deben cancelar es de Bs.572.00
         considerando una tasa del 13% y un período de
         tiempo mensual o bimestral.
        Existen dificultades para poder establecer con
        exactitud el % que corresponde a la materia
        imponible, cuando existen tasas diferenciales,
        mercaderías gravadas, no gravadas y que fueron
        vendidas por un mismo contribuyente, en un
        mismo período de comercialización.

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        MÉTODO DE CÁLCULO PARA EL IVA

       Método de cálculo por Sustracción:

              Descripción       Ventas       Compras    Diferencia   Impuesto
             Ingresos            60,000        45,000       15,000        1,950
             Impuesto 13%         7,800         5,850        1,950        1,950



         Nuestro país adoptó este método, que consiste
         en establecer la base imponible por la
         Diferencia, que se determina entre las Ventas y
         las Compras realizadas por los contribuyentes
         en un período dado, sea un mes, un bimestre.


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           MÉTODO DE CÁLCULO PARA EL IVA
        Método de cálculo por Sustracción:
          Dentro de este método, el cálculo se puede realizar a
          partir de dos puntos de vista:
       a) Cálculo del IVA Sobre Base Efectiva o Real.
                                                Real
         Esta modalidad demuestra que el gravamen o la carga
         tributaria que resta el responsable al efectuar sus compras,
         no es deducible hasta que los bienes adquiridos se
         incorporen a la producción en forma real y concreta, o en el
         caso de comercio, hasta que las mercaderías sean
         vendidas.
       b) Cálculo del IVA Sobre Base Financiera.
         Determina la base del impuesto por la diferencia entre las
         ventas y las compras que se realizan en un determinado
         período, sin tomar en cuenta si las mercaderías vendidas
         son adquiridas o producidas en este lapso o si las compras
         originan enajenaciones o se mantienen almacenadas (caso
         de Bolivia).
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         MÉTODO DE CÁLCULO PARA EL IVA
        Cálculo del IVA Sobre Base Financiera. Para llevar a
                                    Financiera
          cabo las deducciones que admite esta modalidad
          del impuesto, se puede considerar dos sistemas:
       a) Sistema de cálculo Base contra Base (caso Bolivia)
         La tasa del impuesto se aplica a la diferencia que resulta de
         deducir del monto de ventas, los montos por concepto de
         compras en un período dado que puede ser mensual o
         bimestral.

                                DESCRIPCIÓN              Bs.
                   Ventas del período fiscal           100,000
                   Compras del período fiscal          (80,000)
                   Base Imponible                        20,000
                   Impuesto a pagar 13% s/B.I.            2,600


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         MÉTODO DE CÁLCULO PARA EL IVA
        Cálculo del IVA Sobre Base Financiera.
       b) Sistema de cálculo Impuesto contra Impuesto. Este
         sistema permite a los contribuyentes determinar el
         impuesto que corresponde a la compra de
         mercaderías, en forma separada del impuesto que
         corresponde por la venta de sus mercaderías que
         realizaron en un período determinado, o sea que el
         contribuyente tiene derecho a un crédito fiscal por el
         impuesto cargado en sus compras.

                CONCEPTO        IMPORTE      ALÍCUOTA    IMPUESTO
                                   BS.                      BS.

               Ventas             100,000      13%            13,000

               Compras              80,000     13%            10,400

               Impuesto a pagar                                 2,600

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                CLASES DE TASAS Y SUS
                    APLICACIONES
        TASA NOMINAL = Es la alícuota del 13% y cumple los
          siguientes objetivos:
       a) Se utiliza para determinar el Crédito y Débito Fiscal en
          los libros respectivos de Compras y Ventas IVA y en
          la DGII, formulario 200. Ejemplo para Venta y compra
          de Bienes y Servicios; y registro en el formulario 200:

                  DESCRIPCIÓN                TOTAL    CRÉDITO       DÉBITO
                                                       FISCAL       FISCAL
             Ventas del período              30,000                     3,900
             Compras del período             20,000         2,600
             Saldo a favor del Fisco                                      300

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                 CLASES DE TASAS Y SUS
                     APLICACIONES
        TASA NOMINAL.
       b) Se utiliza en los registros
         contables, en el Libro                               LIBRO DIARIO              Página 55
         Diario       por      las           Fecha              Descripción
                                             Ene. 15 Crédito Fiscal IVA
                                                                                 FM   Debe
                                                                                         650
                                                                                               Haber

         operaciones de compras                       Inventarios                      4,350
         y ventas de bienes y                            Proveedores por Pagar                  5,000
         servicios. Ejemplo para
         registros contables:
       Se adquieren 5 artículos                              LIBRO DIARIO               Página 55
                                              Fecha             Descripción           Debe     Haber
         “X” para la reventa por             Ene. 20 Caja
                                                                                 FM
                                                                                       6,000
         Bs.5,000 según factura                          Débito Fiscal IVA                       780
         345, 2/15, n30.                                 Ingreso por Servicios                 5,220
       Se facturan servicios de
         auditoría por Bs.6,000 al
         contado.

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                CLASES DE TASAS Y SUS
                    APLICACIONES
        TASA EFECTIVA = Es la tasa del 14.94%
          equivalente a la Tasa Nominal del 13%, y se aplica en
          los siguientes casos:
       a) Para determinar el pago del IVA sobre importaciones
          definitiva de los bienes.
       b) Sirve para trasladar el IVA al consumidor final en
          forma implícita (por dentro) para las operaciones de
          venta de bienes y servicios en el país.
       PROCEDIMIENTO DE CÁLCULO:
       CASO A) Si al 100% corresponde 100, entonces
                   al 13% corresponde 13
        Diferencias 87%      es a      87, luego

            TASA EFECTIVA = 13 x 100 = 0.14942529 x 100 = 14,94%
                            87
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                CLASES DE TASAS Y SUS
                    APLICACIONES
        TASA EFECTIVA. PROCEDIMIENTO DE CÁLCULO:
        CASO B)

               Tasa Efectiva = Alícuota Nominal x 100
                               100 – Alícuota Nominal


              Tasa Efectiva =13 x 100 = 1,300 = 14,9425287356
                             100 - 13    87


                            Tasa Efectiva = 14.94%



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                 CLASES DE TASAS Y SUS
                     APLICACIONES
        TASA
                                        DGII Formulario 133 y/o 134         Bs.
        EFECTIVA.
                                   Valor CIF imponible IVA                 79,610
        Cálculo de Impuesto
        sobre                      Derechos y Cargos Aduaneros              7,961
        Importaciones
        definitivas:               Otros gastos necesarios para             2,745
         El registro en libro      despacho
        de compras (90,316
                                   Total Sujeto a Impuesto                 90,316
        + 13,493) o sea
        Bs.103,809; donde          Impuesto determinado (14.94% s/TSI)     13,493
        (13% s/103,809) =
        Bs.13,495,
        corresponde        al      Saldo definitivo a favor del Fisco      13,493
        Crédito Fiscal.



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                  CLASES DE TASAS Y SUS
                      APLICACIONES
        TASA EFECTIVA.
       Traslación del IVA al Consumidor Final: De acuerdo a la
         Ley 843, el IVA se factura por dentro o
         implícitamente. Por tanto, este impuesto traslada la
         alícuota del 13% al consumidor final utilizando la
         Tasa Efectiva del 14.94% para incorporar en forma
         implícita al precio de las ventas finales de la factura o
         nota fiscal.
        Desde este punto de vista, el IVA es un Impuesto
         Indirecto.
        Para aplicar la correcta traslación del IVA, es
         necesario diferenciar estos tres precios básicos de
         referencia:
           Precio de Costo       - Precio Neto de Ventas y
            Precio Bruto de venta (incluido el IVA)

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                  CLASES DE TASAS Y SUS
                      APLICACIONES
       TASA EFECTIVA.                          Precio de Costo                     870.00
       Método de Traslación del IVA:            Incremento Beneficio y              696.00
       Supongamos la compra de 5                Gasto (asumir un 80% =
       artículos “X” cuyo costo                 870 x 0.80)
       unitario es de Bs.870 (4,350/5).
       Ejemplo: Se vende una unidad             Precio Neto de Ventas            1,566.00
       del artículo “X” según factura           Traslación del 13% del              233.96
       321 al contado por Bs.1,799.96           IVA:
                                                14.94% s/PNV (14.94
                                                s/1,566)

                                                Precio Bruto de Ventas           1,799.96
                                 LIBRO DIARIO                         Página 56
                Fecha             Descripción       FM     Debe          Haber
               Ene. 20 Caja                                1,799.96
                            Débito Fiscal IVA                             234.00
                            Ventas                                       1,565.96


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          CLASES DE TASAS Y SUS
              APLICACIONES
         TASA EFECTIVA.
          Fórmula para calcular el Precio Bruto de Ventas
          (incluido el IVA) en forma directa:
                               Donde: PV = Precio de Venta incluido el IVA
        PV = PC(1+U)
              1-i                            PC = Precio de Costo
       Ejemplo:                              U = Tasa de Beneficio (% de Utilidad)
       PV = 870(1+0.80)                       i = Tasa Nominal
             1 – 0.13

       PV = 870(1.80)              PV = 1,566             PV = Bs.1,800
              0.87                      0.87

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       IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES
                         (IT)
        DEFINICIÓN: Se aplica sobre la enajenación o
         DEFINICIÓN
         transferencia de derecho de propiedad o pertenencia
         a otra, los bienes y servicios en todo el territorio
         nacional. Son contribuyentes de este impuesto las
         personas naturales, jurídicas y unipersonales.
        El IT se determinará sobre la base de los ingresos
         brutos devengados durante el período fiscal. Se
         considera así el ingreso bruto al valor o monto total
         en valores monetarios o en especie devengados por
         concepto de venta de bienes y servicios.
        Este tributo es un Impuesto Directo porque
         corresponde al impuesto del contribuyente y debe
         cargarse a una cuenta de resultados el importe
         efectivamente liquidado y pagado.


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                   ESTRUCTURA DEL IT
       I. OBJETO. Este impuesto grava el ejercicio de
          comercio, industria, profesión, oficio, negocio,
          alquiler de bienes muebles o inmuebles, obras o
          servicios de cualesquiera otras actividades
          similares, lucrativas o no; hasta los actos a título
          gratuito.   No se encuentra alcanzado por este
          impuesto las ventas o transferencias por el hecho
          de un reorganización o aportes de capitales de una
          empresa.
       II. SUJETO. Los contribuyentes pasivos a este
           impuesto son las personas naturales y jurídicas,
           empresas públicas y privadas y sociedades con o
           sin personería jurídica, incluidas las empresas
           unipersonales.
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                    ESTRUCTURA DEL IT
       III. BASE DEL CÁLCULO. El impuesto se determina
            sobre los ingresos brutos de valores monetarios o
            en especie, devengados durante el período fiscal
            (mes calendario) por el ejercicio de la actividad
            gravada.

       III. ALÍCUOTA DEL IMPUESTO. Por la Ley 843. Art.
            75, y reglamentada por el DS 21532, se estableció
            una alícuota general del 1%, que fue modificada al
            2% según Ley 1141 del 28/02/89. Posteriormente se
            modificó con la Ley 1606 en su Art. 75
            estableciéndose una alícuota del 3%, vigente a
            partir del 1º de Enero de 1995.

       III. TRASLACIÓN DEL IT. Este impuesto y todos los
            demás son trasladables al consumidor final
            (economía de libre mercado), al igual que el IVA
            aplicando la Tasa Efectiva.
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                   ESTRUCTURA DEL IT

        DETERMINACIÓN DE LA TASA EFECTIVA.
                    TE = IVA + IT
                    TE = 13% + 3% = 16%
                    TE = 100 – 16 = 84%
                    TE = 16/84
                    TE = 0.190476 x 100
                    TE = 19.05%
         Para trasladar el IVA y el IT se debe aplicar la Tasa
         Efectiva del 19.05%, para las ventas de bienes y
         servicios.


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                   ESTRUCTURA DEL IT
        FORMA DE TRASLADAR IVA E IT AL CONSUMIDOR
         FINAL.
       Ejemplo para un bien o servicio específico:    Bs.
                   Precio de costo                  870.00
                   Ganancia                          696.00
                   Precio Neto de Venta            1,666.00
                   Traslación:(19.05% s/1,666.00)     298.32
                   Precio Bruto de Ventas           1,864.32
                                 LIBRO DIARIO                            Página 57
               Fecha               Descripción        FM     Debe         Haber
              Ene. 25 Cuentas por Cobrar                      1,864.32
                       Impuesto a las Transacciones             56.00
                          Débito Fiscal IVA                                 242.00
                          IT por Pagar                                       56.00
                          Ventas                                           1,622.32
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                     ESTRUCTURA DEL IT
       VI.    EXENCIONES.         Están     exentos   los
              siguientes conceptos de este impuesto:
       a)     Ingresos de empleados dependientes
       b)     Desempeño de cargos públicos
       c)     La venta de mercaderías al exterior por el
              exportador (exportaciones). No alcanza a
              las    actividades      vinculadas    a   la
              exportación.
       d)     Los servicios prestados por el Gobierno
              Nacional, Departamental, Local y sus
              dependencias.
       e)     Los intereses producto de ahorros, cuenta
              corriente y plazo fijo.

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                     ESTRUCTURA DEL IT
       VI.   EXENCIONES.        Están     exentos      los
             siguientes conceptos de este impuesto:
       a)    Establecimientos     educativos    privados
             sujetos a planes de enseñanza oficial.
       b)    Servicios diplomáticos de los países
             extranjeros.
       c)    La edición e importación de: libros, diarios,
             publicaciones informativas en general,
             periódicos y revistas, en todo su proceso
             de creación, actividades realizadas por el
             propio editor o terceros por cuenta de éste.
       d)    La compra – venta de acciones,
             debentures y títulos o valores realizadas
             en mercados Bursátiles o fuera de ella.

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                   ESTRUCTURA DEL IT
        PERÍODO FISCAL Y LIQUIDACION DE PAGO
        El impuesto resultante de los ingresos brutos se
        liquidará y empozará por períodos mensuales en
        formulario oficial.
        El impuesto I.U.E. liquidado y pagado por períodos
        anuales será considerado como pago a cuenta de
        este I.T., a partir del mes posterior a aquél en que
        cumplió con la presentación de la declaración jurada
        y pago del I.U.E.
        Esto significa que, si suponemos que la empresa “X”
        presentó y pagó el I.U.E. de la gestión 2006 en marzo
        2007, la compensación se efectuará con las ventas
        de abril 2007.



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                       ESTRUCTURA DEL IT
          Asiento contable no compensado con I.U.E.
          Ejemplo: Las ventas totales (crédito y contado) de la empresa
           “X” en el mes de enero de 2007 fueron de Bs.250.500, s/g
           facturas 852 a 935.
          Procedimiento correcto del cálculo del I.T.:


                                                                        LIBRO DIARIO                       Página 57
            CONCEPTOS               Bs.         Fecha                Descripción         FM   Debe          Haber
                                                Ene. 31 Bancos                                200,500.00
       Ingreso Bruto           250,500.00                Ctas. por Cobrar                      50,000.00
       Monetario                                         Impuesto a las Transacciones           7,515.00
                                                            Débito Fiscal IVA                               32,565.00
       IVA (13% s/250,500)      32,565.00
                                                            I.T. por Pagar                                   7,515.00
       IT (3% s/250,500)          7,515.00                  Ventas                                         217,935.00
                                                         Para registrar las ventas de

       Ventas (250,500         217,935.00                Mds. en enero 2007

       -32565)                                  Feb 13 I.T. por pagar                           7,515.00
                                                            Bancos                                           7,515.00
                                                         Para registrar el pago del IT
                                                         por enero 2007, con cheque.


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                    ESTRUCTURA DEL IT
         Asiento contable compensado con I.U.E.
        Ejemplo: La empresa “X” tiene por compensar el I.U.E. por un
        Ejemplo
           importe de Bs.15,630.00 del período 10/2007.
        Suponer que las ventas en noviembre 2007 ascienden a Bs.460,800
           s/g facturas:

           CONCEPTOS                Bs.                             LIBRO DIARIO                            Página 57
                                              Fecha               Descripción             FM   Debe          Haber
       Total Ingresos Brutos    460,800.00    Nov. 30 Banco                                    460,800.00
       IVA (13% s/460,800)        59,904.00              Débito Fiscal IVA                                   59,904.00
                                                         Ventas                                             400,896.00
       IT (3% s/460,800)          13,824.00
                                                      Para registrar las ventas del mes
       Ventas (460,800          400,896.00            de Noviembre al contado.
       -59,904)

        Como se observa, al 30 de noviembre no se efectúa ningún registro
         contable por tener un saldo para compensar con el IUE, las
         compensaciones sólo se muestran en las declaraciones juradas.


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                   ESTRUCTURA DEL IT
        Asiento contable compensado con I.U.E.

                       Formulario 400        Período 11/2007      Bs.

        Ingresos gravados                                       460,800.00

        Total sujeto a Impuesto                                 460,800.00

        Liquidación del Impuesto 3%                              13,834.00

        Impuesto determinado                                     13,834.00

        IUE a ser compensado                        15,630.00

        Mantenimiento de valor                           0.00

        Subtotal Contribuyente y Fisco              15,630.00    13,834.00

        Saldo IUE para 12/08                         1,796.00

        Diferencia a favor del Fisco                     0.00           0.00



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                   ESTRUCTURA DEL IT
       Asiento contable de
                                                       CONCEPTOS                           Bs.
        la compensación del
        saldo y el pago de la               Total Ingresos Brutos                       358,000.00
        diferencia no                       IVA (13% s/358,000)                           46,540.00
        compensada.
        compensada                          IT 3% s/358,000 = 10,740                       8,937.00
       Suponer que las                     (10,740 – 1,803)
        ventas durante el
                                            Ventas (358,000 - 46,540)                   311,460.00
        mes de Diciembre
        2006 ascienden a
        Bs.358,300 s/g
        facturas al crédito:
                                          LIBRO DIARIO                                Página 57
                   Fecha                Descripción             FM      Debe           Haber
                  Dic.   31 Cuentas por Cobrar                           358,000.00
                            Impuesto a las Transacciones                   8,937.00
                               Débito Fiscal IVA                                       46,540.00
                               I.T. por Pagar                                           8,937.00
                               Ventas                                                 311,460.00
                            Para registrar las ventas del mes
                            de Diciembre 2006 y la provisión
                            de Impuestos.
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                              ESTRUCTURA DEL IT
              Formulario 400              Período               Bs.
                                          12/2007                                   Asiento contable de
       Ingresos gravados                                      358,000.00             la   compensación
       Total sujeto a Impuesto                                358,000.00
                                                                                     del saldo y el pago
       Liquidación del Impuesto 3%                              10,740.00
                                                                                     de la diferencia no
       Impuesto determinado                                     10,740.00            compensada.
       IUE a ser compensado                  1,796.00
       Mantenimiento de valor                    7.00
       Subtotal Contribuyente y              1,803.00           10,740.00
       Fisco

       Saldo IUE para 01/08                      0.00
       Diferencia a favor del Fisco              0.00              8,937.00


                                                        LIBRO DIARIO                              Página 57
                                 Fecha               Descripción              FM     Debe          Haber
                               Ene. 13 I.T. por Pagar                                  8,937.00
                                            Banco                                                   8,937.00
                                         Para registrar el pago del saldo
                                         del I.T. no compensado.

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                    ESTRUCTURA DEL IT
        Venta de Bienes                                   CONCEPTOS                                  Bs.
         Exentas:
                                               Total Ventas facturadas                           52,100.00
        Suponer que una empresa
         editora tiene los siguientes          IVA (13% s/52,100)                                 6,773.00
         ingresos durante el mes de
         enero de 2007:                        IT 3% s/2,100                                              63.00
             Venta de periódicos              Ventas (52,100 - 6,773)                           45,327.00
         facturados por Bs.50,000
             Venta de anuncios
         publicitarios facturados por                               LIBRO DIARIO                              Página 57
                                              Fecha               Descripción             FM   Debe            Haber
         Bs.2,100                             Ene. 31 Banco                                     52,100.00
                                                      Impuesto a las Transacciones                    63.00
                                                         Débito Fiscal IVA                                      6,773.00
                                                         I.T. por Pagar                                           63.00
                                                         Venta de periódicos                                   43,500.00
                                                         Venta de publicidad                                    1,827.00
                                                      Para registrar las ventas del mes
                                                      según facturas.



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                     ESTRUCTURA DEL IT
        Adquisición sin respaldo de Notas Fiscales:
        Compra de bienes: Una empresa compra de ocasión una silla
         por Bs.600 sin factura
             CONCEPTOS                Bs.                               LIBRO DIARIO                             Página 57
                                                 Fecha                Descripción               FM   Debe         Haber
       Valor total del bien           600.00    Feb. 4 Muebles y Enseres                                600.00
                                                             Otros Imptos. por pagar                                 18.00
       Retención del IT 3%            (18.00)                Banco                                                  582.00
                                                         Para registrar la compra de una

       Importe pagado                 582.00             silla sin factura.


    Compra        de servicios: Se                                      LIBRO DIARIO                            Página 57
                                                 Fecha                 Descripción              FM   Debe         Haber
        contrató los servicios de un
                                                Ene. 31 Honorarios Profesionales                        412.00
        auxiliar contable por Bs.400 y el
                                                             Banco                                                  400.00
        pago de impuestos corre por                                                                                  12.00
                                                             Otros Imptos. por Pagar
        cuenta de la empresa.                            Para registrar el pago por servicios
                                                         de un auxiliar y la provisión del IT



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             ESTRUCTURA DEL RC-IVA
       I. OBJETO. Grava los siguientes ingresos
            personales:
       a)   Alquiler o subalquilar bienes muebles e inmuebles y
            anticréticos, salvo los sujetos alcanzados por IUE.
       b)   Intereses, rendimientos por colocación de capitales,
            que no constituyan ingresos sujetos a IUE.
       c)   Ingresos en calidad de dependencia: Sueldos, primas,
            dietas, viáticos y otros.
       d)   Honorarios de directores y síndicos de sociedades y
            de unipersonales.
       e)   Otros ingresos de carácter habitual no sujeto a IUE.

       II. SUJETO. Son sujetos pasivos de este impuesto las
            personas naturales y las personas indivisa o sea los
            Contribuyentes Directos y Empleados Dependientes,
            sobre los ingresos señalados.
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              ESTRUCTURA DEL RC-IVA
       III.   BASE DEL CÁLCULO. El impuesto toma en cuenta
              como ingreso el valor o monto total en valores
              monetarios o en especies percibidos (a valor de
              mercado al momento de la percepción).
       a)     En relación de dependencia sobre el total ganado de la
              nómina menos descuentos de ley (cotizaciones) más
              otros ingresos.
       b)     El aguinaldo y los beneficios sociales no están
              comprendidos en este impuesto.
       c)     Los sujetos pasivos en relación de dependencia, en
              cada período fiscal (mes calendario) podrán deducir
              en concepto de mínimo no imponible el monto
              equivalente a dos Salarios Mínimos Nacionales. Los
              contribuyentes     independientes    también   podrán
              deducir la alícuota del IVA de dos SMN por cada mes.
       d)     En caso de anticréticos se considera el ingreso del
              10% anual del monto de la operación, convertido a
              moneda extranjera.
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               ESTRUCTURA DEL RC-IVA
       IV.   PERÍODO FISCAL E IMPUTACIÓN DE LOS
             INGRESOS. El período fiscal es mensual y los ingresos
             se imputan por lo percibido.
       V.    ALÍCUOTA DEL IMPUESTO. La alícuota modificada de
           este impuesto es del 13% mediante Ley 1314 del 27/02/92,
           con vigencia a partir del 01/03/92.
       VI. COMPENSACIONES CON EL IVA. Al impuesto así
           determinado, los contribuyentes podrán imputar como
           pago a cuenta la alícuota correspondiente al IVA
           contenido en las facturas de compras originales
           presentadas por el dependiente en el mes, en el
           formulario 98 hasta el 20 de cada mes.
           Las Notas Fiscales son válidas siempre que no exceda su
           emisión a 120 días, las mismas necesariamente deben
           llevar el nombre del dependiente.
           También podrán compensarse con la alícuota del IVA
           aplicado sobre el monto de dos SMN.


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              ESTRUCTURA DEL RC-IVA
        PROCEDIMIENTO PARA EL CÁLCULO DEL RC-IVA:
         Sueldo Neto = (Total Ganado – Descuentos de Ley) +
           Otros Ingresos. Fórmula: SN = [(TG – DL) + OI]


                        DESCRIPCION           EMPLEADO A     EMPLEADO B
       Sueldo Total Ganado                           5,225            1,358
       (-) DL 12.21% s/TG                              638              166
       Sueldo Neto                                   4,587            1,192
       (-) 2 SMN (Bs.500 x 2)                        1,000            1,000
       Base Imponible                                3,507              192
       13% s/Bs.3,507 y 192                            456                  25
       (-) 13% s/2 SMN (1,000 * 13%)                   130              130
       IMPORTE A FAVOR FISCO                           326            (105)
       (-) DDJJ Form. 98 (13% s/2000 y 0)              260                   0
       SALDO A FAVOR DEL FISCO (DEPEND.)                66            (105)

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                 IMPUESTO SOBRE LAS
             UTILIDADES DE LAS EMPRESAS
        El IUE está basado en dos principios
          fundamentales:
       1. Principio de la fuente, y
       2. Principio de la Renta Mundial
         En Bolivia, el IUE se basa sobre el principio de la
         fuente.
         En la declaración para el pago del IUE, la Utilidad
         Imponible (Gravable) se calcula de acuerdo con
         ciertas disposiciones fiscales, en tanto que la
         Utilidad Contable se determina según los PCGA.
         Los objetivos básicos de la utilidad imponible
         difieren de los de la utilidad contable, diferencias
         que se deben reconocer en los registros contables y
         en los estados financieros resultantes.

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                 IMPUESTO SOBRE LAS
             UTILIDADES DE LAS EMPRESAS
            PRINCIPALES DIFERENCIAS ENTRE UTILIDAD
             IMPONIBLE Y UTILIDAD CONTABLE ANTES DEL
             IUE
       1.    Diferencias que hacen que la utilidad gravable exceda a la
             utilidad contable:
       a)    Partidas no consideradas como ingresos en contabilidad
             pero gravadas como ingreso según la Ley Fiscal.
       b)    Partidas consideradas como gastos en contabilidad pero no
             deducibles para fines de pago del impuesto.
       2.    Diferencias que hacen que la utilidad contable exceda a a la
             utilidad gravable:
       a)    Partidas consideradas como ingreso que según Ley están
             exentas del impuesto.
       b)    Partidas no consideradas como gastos, deducibles para fines
             de pago del impuesto.
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                 IMPUESTO SOBRE LAS
             UTILIDADES DE LAS EMPRESAS
            Partidas no consideradas como Ingreso, sujetas al
             Impuesto:
       -      Ingresos cobrados antes de devengarlos:
            -    Alquileres, intereses y derechos.
                 Se consideran como ingreso para fines fiscales
                 cuando se reciben que cuando se devengan. Esto no
                 es aplicable al ingreso por suscripciones que reciben
                 las empresas editoriales.
            Gastos no deducibles para fines de pago del
             impuesto:
       1.    Donaciones caritativas que exceden del 10% de la
             utilidad imponible de una empresa.
       2.    El excedente del 8.33% del total de salarios brutos de la
             gestión, aquellos gastos a favor de empleados
             dependientes, por asistencia sanitaria, ayuda escolar y
             educativa y clubes deportivos.
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                 IMPUESTO SOBRE LAS
             UTILIDADES DE LAS EMPRESAS
        Gastos no deducibles para fines de pago del
         impuesto:
       3. Intereses  sobre adeudos incurridos al adquirir
          valores exentos del impuesto e intereses superiores
          al 30% pagados a terceros.
       4. Pérdidas resultantes de ventas ficticias de valores.
       5. Multas y accesorios resultantes de infracciones a la
          Ley.
       6. El Impuesto sobre utilidades de las empresas.
       7. Ninguna amortización de los activos intangibles y las
          mayores depreciaciones por revalúo técnico de
          bienes de uso.
       8. Garantías estimadas y costos de garantías.
       9. Otros casos con limitaciones.

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                 IMPUESTO SOBRE LAS
             UTILIDADES DE LAS EMPRESAS
       Partidas del Ingreso exentas del Impuesto:
        Dividendos
        Participaciones percibidas de otras empresas.
        Beneficios percibidos del exterior.
       Deducciones permitidas no consideras como
         gastos:
        Pérdida de la gestión.
        Pérdidas de gestiones anteriores.
        Mantenimiento de valor.


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                 IMPUESTO SOBRE LAS
             UTILIDADES DE LAS EMPRESAS
        ESTRUCTURA DEL IMPUESTO
        OBJETO. Se crea el IUE, que se aplicará en todo el
         territorio nacional sobre las Utilidades Anuales
         obtenidas de los Estados Financieros de las mismas
         al cierre de cada gestión anual, ajustadas con los
         incisos precedentes.
        SUJETO. Son sujetos de este impuesto todas las
         SUJETO
         empresas tanto públicas como privadas, cualquiera
         sea su forma jurídica incluyendo empresas
         unipersonales. También se incluyen las empresas
         que realizan actividades mineras, petroleras, de
         energía eléctrica y las personas naturales que
         ejercen profesiones liberales u oficios.


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            IMPUESTO SOBRE LAS UTILIDADES
                  DE LAS EMPRESAS
            BASE IMPONIBLE. Será         la utilidad neta resultante de
             acuerdo con PCGA y ajustados impositivamente. Para los
             que ejercen profesiones liberales u oficios, será el 50% de
             los ingresos netos de IVA.
            ALÍCUOTA. Es la tasa del 25%. Para profesionales liberales
             u oficios, la tasa efectiva se reduce al 12.50%
            EXENCIONES. Están exentas del impuesto:
             EXENCIONES
       a)    Las actividades del Gobierno Nacional, Departamental,
             Local,    Univ.     Públicas     excepto    las  actividades
             comprendidas dentro del Código de Comercio.
       b)    Las utilidades obtenidas por las asociaciones sin fines de
             lucro de acuerdo a sus estatutos y legalmente autorizados
             como ser: religiosas, educativas, deportivas, políticas,
             sindicales o gremiales.
       c)    Los intereses a favor de organismos internacionales de
             crédito e instituciones oficiales extranjeras, cuyos
             convenios hayan sido ratificados por el Honorable
             Congreso Nacional.

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                 IMPUESTO SOBRE LAS
             UTILIDADES DE LAS EMPRESAS
           OTROS ASPECTOS DE TRASCENDENCIA.
       1)   Retenciones a Residentes. Las empresas públicas
            y privadas y las instituciones y organismos del
            estado que efectúen pagos a quienes ejercen
            profesiones liberales u oficios o a sucesiones
            indivisas de personas naturales gravadas por este
            impuesto, por concepto de las fuentes de rentas y
            no estén respaldadas por la factura deberán retener:
       a)   En el caso de compra de servicios el 25% del 50%
            del importe pagado.
       b)   En el caso de compra de bienes el 25% del 20% del
            importe pagado (Bienes de Cambio o Bienes de
            Uso).
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                 IMPUESTO SOBRE LAS
             UTILIDADES DE LAS EMPRESAS
        Retenciones a                             CONCEPTOS                                Bs.
         Residentes.             Costo de Instalación                                       600.00
         Ejemplo 1- a
                                 Retención IUE (25% s/300)                                 (75.00)
         Se contrata los
         servicios de un         Retención IT (3% s/600)                                   (18.00)
         albañil     para        Importe cancelado con cheque                               507.00
         reinstalación
         de cañerías de
         agua         por                            LIBRO DIARIO                          Página 57
                                Fecha              Descripción          FM     Debe         Haber
         Bs.600.00
                               Ene. 31 Gastos de Mantenimiento                    600.00
                                           Retención IUE por pagar                             75.00
                                           Retención IT por pagar                              18.00
                                           Banco                                              507.00
                                        Glosa
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                   IMPUESTO SOBRE LAS
               UTILIDADES DE LAS EMPRESAS
       Retenciones a                                            CONCEPTOS                 Bs.
       Residentes. Ejemplo 1- b                    Costo de Instalación                   710.00
       Para el caso cuando no                      Retención IUE (25% s/355)              (89.00)
       existan las retenciones:
       100% = 100, 50% = 50 , 25% = 12.50 Retención IT (3% s/710)                         (21.00)
        (12.50% s/100 = Bs.12.50)
                                             Importe cancelado con                        600.00
       Porcentaje para la Traslación: IUE = cheque
        12.50%, IT = 3.00%
       Total = 15.50%
       Donde: (100% -15.50%) = 84.50%,                         LIBRO DIARIO                    Página 57
        entonces:                           Fecha            Descripción     FM    Debe         Haber
       Bs.600.00 es a 84.50% y Bs. X es a Ene. 31 Gastos de Mantenimiento             710.00
        100%                                         Retención IUE por pagar                       89.00
       X = (600.00 x 100)/84.50 = Bs.710.00          Retención IT por pagar                        21.00
                                                           Banco                                  600.00
                                                        Glosa


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                 IMPUESTO SOBRE LAS
             UTILIDADES DE LAS EMPRESAS
  Retenciones a
       Residentes.                                    CONCEPTOS                        Bs.

       Ejemplo 2- a                    Costo de adquisición                           3,100.00

       Se adquieren dos                Retención IUE (25% s/620)                      (155.00)
       escritorios por                 Retención IT (3% s/3,100.00)                    (93.00)
       Bs.3,100.00 para                Importe pagado al contado                      2,852.00
       uso del negocio.
                                      LIBRO DIARIO                       Página 57
                 Fecha              Descripción       FM   Debe           Haber
                Ene. 31 Muebles y Enseres                     3,100.00
                            Retención IUE por pagar                         155.00
                            Retención IT por pagar                           93.00
                            Banco                                          2,852.00
                         Glosa

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           IMPUESTO SOBRE LAS UTILIDADES
                 DE LAS EMPRESAS
       Retenciones a
       Residentes.
                                                                 CONCEPTOS                            Bs.
       Ejemplo 2- b
       Para el caso cuando no existan          Costo de los escritorios                          3,369.00
       las retenciones:
       100% = 100, 20% = 20 , 25% = 5          Retención IUE (25% s/674)                          (168.00)
       (5% s/100 = Bs.5.00)
                                               Retención IT (3% s/3,369.00)                       (101.00)
       Porcentaje para la Traslación:
       IUE = 5%, IT = 3.00% Total = 8%
                                               Importe pagado al contado                         3,100.00
       Donde: (100% - 8%) = 92%,
       entonces:
       Bs.3,100.00 es a 92% y Bs. X es                              LIBRO DIARIO                      Página 57
       a 100%                                  Fecha              Descripción       FM   Debe          Haber
       X = (3,100.00 x 100)/92 =           Ene. 31 Muebles y Enseres                       3,369.00
       Bs.3,369.00
                                                          Retención IUE por pagar                        168.00
                                                          Retención IT por pagar                         101.00
                                                          Caja                                          3,100.00
                                                       Glosa




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                           IMPUESTO SOBRE LAS
                       UTILIDADES DE LAS EMPRESAS
        Mecanismo                        de
               Compensación con el IT. El
               IUE liquidado y pagado por
               la   gestión   anual,    será
               tomado como pago a cuenta
               del IT, a partir del primer
               mes, posterior a aquél en
               que se cumple con la
               presentación y pago del IUE.




                            LIBRO DIARIO                     Página 57
       Fecha              Descripción      FM   Debe         Haber
   Dic. 31 Anticipo de IT                        27,671.00
                  IUE por Pagar                               27,671.00
               Glosa


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                 IMPUESTO SOBRE LAS
             UTILIDADES DE LAS EMPRESAS
                                                Estado financiero a presentar al SII y el
                                                  último asiento a realizar.




                                                                     LIBRO DIARIO                               Página 57
                                               Fecha               Descripción                FM   Debe         Haber
                                             Dic.    31 Impuesto sobre las                          27,671.00
                                                        Utilidades de las Empresas


                                                           Provisión del Impuesto sobre                          27,671.00
                                                           las Utilidades de las
                                                           Empresas
                                                        Para registrar la provisión del IUE
                                                        calculado sobre la utilidad
                                                        gravable




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                                                 Ejemplo:
                                                      Determinación de la
                                                      Utilidad Imponible y
                                                      propuesta Asientos de
                                                      Ajuste.

                                                                    LIBRO DIARIO                              Página 57
                                              Fecha               Descripción               FM   Debe         Haber
                                             Dic. 31 Anticipo de de Impuestos
                                                         Gastos IT                                76,568.00
                                                          Impuestos por Pagar                                  76,568.00
                                                      Para registrar la provisión del IUE
                                                      de la gestión 2007
                                                                     LIBRO DIARIO                             Página 57
                                               Fecha               Descripción              FM   Debe         Haber
                                             Dic.    31 Impuesto sobre las                        76,568.00
                                                        Utilidades de las Empresas

                                                            Provisión del Impuesto                             76,568.00
                                                            sobre las Utilidades de las
                                                            Empresas
                                                        Para registrar la provisión del
                                                        IUE de la gestión 2007




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                                                   Estado de Resultados
                                                       con         la   primera
                                                       propuesta mayorizada y
                                                       los asientos propuestos
                                                       en la fecha de pago:
                                                                   LIBRO DIARIO                                  Página 57
                                              Fecha               Descripción             FM        Debe         Haber
                                             Mar. 15 Impuestos porImpuestos
                                                        Gastos de Pagar                              76,568.00
                                                         Bancos                                                   76,568.00
                                                      Para registrar la cancelación del
                                                      IUE de la gestión 2007 según
                                                      Form. 84

                                                                   LIBRO DIARIO                                  Página 57
                                              Fecha               Descripción                  FM    Debe        Haber
                                             Mar.   15 Provisión para Impuesto                       76,568.00
                                                       sobre las Utilidades de las
                                                       Empresas


                                                           Bancos                                                 76,568.00
                                                        Para registrar la cancelación
                                                        de IUE de la gestión 2007
                                                        según Form. 84



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             IMPUESTO SOBRE LAS
         UTILIDADES DE LAS EMPRESAS
        NOTA IMPORTANTE:
              IMPORTANTE          El IUE efectivamente pagado
         (en el ejemplo) de Bs.76,568 es el que se compensará
         con el IT a partir del primer mes posterior a la fecha
         de pago, es decir con las ventas facturadas del mes
             pago
         de abril 2008.
        Durante el proceso de compensación, no hay
         necesidad de efectuar asientos contables, los
         controles incluyendo mantenimiento de valor se lo
         efectúa a través de la DDJJ correspondiente del IT
         (Form. 400).
        Si no se llega a compensar el 100% del IUE pagado,
         la diferencia sin compensar se consolida a favor del
         Fisco, sin hacer asiento contable.
         Fisco

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                 FINAL DEL TEMA 3




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03 Reforma Tributaria en Bolivia Ley 843

  • 1. - 1 CONTABILIDAD FINANCIERA Enseñanza apoyada con planillas de Excel XP-2003 Preparada por: Lic. Aud. Lorgio Solíz Castillo Camiri – Santa Cruz BOLIVIA 2007 AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 2. - 2 TRIBUTOS FISCALES LEYES Nº 843 Y Nº 1606 3 AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 3. - 3 LEY DE REFORMA TRIBUTARIA  Nuevo sistema tributario reglamentado mediante Ley Nº 843 del 20/05/86  Texto ordenado según DS 24013 del 20/05/95  Modificada por Ley Nº 1606 del 22/12/94 con vigencia a partir del 01/01/95 AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 4. - 4 LEY DE REFORMA TRIBUTARIA SUS REGLAMENTOS 1. Impuesto al Valor Agregado (IVA) – D.S. Nº 21530 del 22/02/87, modificado por D.S. Nº 24049 del 29/06/95 2. Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA), D.S. Nº 21531 del 27/02/87, modificado por D.S. 24050 del 29/06/95 3. Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE), D.S. 24051 del 29/06/95 AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 5. - 5 LEY DE REFORMA TRIBUTARIA SUS REGLAMENTOS (Continuación..) 4. Impuesto a las Transacciones (IT), D.S. Nº 21532 del 27/02/87, modificado por D.S. Nº 24052 del 29/06/95 5. Impuesto a los Consumos Específicos (ICE), D.S. Nº 21492 del 29/12/86, modificado por D.S. Nº 24053 del 29/06/95 6. Impuesto Municipal a las Transferencias de inmuebles y vehículos automotores (IMT), D.S. 24054 del 29/06/95 AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 6. - 6 LEY DE REFORMA TRIBUTARIA SUS REGLAMENTOS (Continuación..) 7. Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados (IEHD), D.S. Nº 24055 del 29/06/95 La modificación de este sistema impositivo fue adecuado a la etapa de cambios que vive el país, luego de promulgarse leyes tales como “Participación Popular, Capitalización, Descentralización” y otras. AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 7. - 7 CLASIFICACION DE LOS IMPUESTOS VIGENTES I. IMPUESTO NACIONAL IEHD = Impuesto Especial a los hidrocarburos y sus Derivados II. IMPUESTOS NACIONALES COPARTICIPABLES IVA = Impuesto al Valor Agregado RC – IVA = Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado IUE = Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 8. - 8 CLASIFICACION DE LOS IMPUESTOS VIGENTES III. IMPUESTOS NACIONALES COPARTICIPABLES IT = Impuesto a las Transacciones ICE = Impuesto a los Consumos Específicos TGB = Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes IVE = Impuesto a los Viajes al Exterior, también conocido como ISAE AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 9. - 9 CLASIFICACION DE LOS IMPUESTOS VIGENTES IV. IMPUESTOS MUNICIPALES IPB = Impuesto a la Propiedad de Bienes inmuebles y vehículos automotores IMT = Impuesto Municipal a las Transferencias de inmuebles y vehículos automotores AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 10. - 10 TIPOS DE REGÍMENES I. RÉGIMEN GENERAL Comprende a todas aquellas personas naturales y jurídicas que realizan actividades económicas habituales. Se incorporan también los contribuyentes directos o independientes que perciben ingresos por cuenta propia. II. RÉGIMEN TRIBUTARIO SIMPLICADO Se aplica a comerciantes minoristas, vivanderos y artesanos, que, por sus particulares condiciones socioeconómicas, están liberados de la presentación de formularios de cada impuesto que les corresponde pagar, habiéndose creado un sistema mediante el cual cancelan una cuota fija cada dos meses de acuerdo a sus ingresos y al capital que poseen. AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 11. - 11 TIPOS DE REGÍMENES III. SISTEMA TRIBUTARIO INTEGRADO Corresponde a los propietarios que posean hasta dos vehículos que se dedican al transporte público de pasajeros, sea urbano o interdepartamental. La forma de pago está de acuerdo a cierto ingreso presunto, que varía según el tipo de vehículo y actividad que realicen. IV. RÉGIMEN TRIBUTARIO RURAL UNIFICADO Comprende a todos los propietarios de predios rurales considerados de tamaño medio. AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 12. - 12 IMPUESTO AL VALOR AGREGADO  Es trasladado al consumidor final, obliga a que los responsables inscritos en el SII facturen implícitamente el impuesto relativo a los precios de venta de sus bienes y servicios, pero sólo paguen al fisco por la diferencia entre el impuesto facturado (ventas) y el que le facturan terceros (compras). Las ventas generan el Débito Fiscal a favor del Fisco y las compras el Crédito Fiscal a favor del contribuyente.  DÉBITO FISCAL = Representa la deuda de la empresa ante la DGII por el % relativo al IVA atribuido sobre las ventas efectuadas de bienes y servicios alcanzados por dicho gravamen.  CRÉDITO FISCAL = Representa el saldo a favor de la empresa ante la DGII por el % relativo al IVA atribuido sobre las compras efectuadas de bienes y servicios alcanzados por dicho gravamen. AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 13. - 13 ESTRUCTURA DEL IVA I. OBJETO. Son objeto de este impuesto: a) Las ventas de bienes muebles efectuados por los sujetos pasivos. b) Los contratos de obras, prestación de servicios y toda otra prestación, cualquiera fuere su naturaleza, y c) Las importaciones definitivas. II. SUJETO. Son sujetos pasivos de este impuesto quienes se dediquen o realizan: a) en forma habitual a la venta de bienes muebles; b) en nombre propio o por cuenta de terceros la venta de bienes muebles; c) a nombre propio importaciones definitivas; d) obras o presten servicios de cualquier naturaleza; e) alquilen bienes muebles o inmuebles; f) operaciones de arrendamiento financiero de bienes muebles. AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 14. - 14 ESTRUCTURA DEL IVA III. NACIMIENTO DEL HECHO GENERADOR. El hecho imponible se perfeccionará en los siguientes casos: a) en el caso de ventas, sean éstas al contado o al crédito en ambos casos respaldadas con factura. b) por contratos de obras o prestación de servicios c) en la fecha en que produzca la incorporación de bienes muebles o retiro de bienes muebles. d) en el momento del despacho aduanero de importaciones definitivas o de emergencia. e) en el caso de arrendamiento financiero al vencimiento de cada cuota y el pago final de la opción de compra. AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 15. - 15 ESTRUCTURA DEL IVA IV. BASE IMPONIBLE. Constituye la base imponible el precio neto de la venta de bienes muebles, de los contratos de obras y de prestación de servicios, cualquiera fuere su naturaleza, consignado en la factura. El precio neto de venta resulta de deducir del precio de venta menos bonificaciones, descuentos y valor de envases más los servicios de transporte, limpieza, embalaje, seguro, garantía, colocación, mantenimiento y similares e intereses por ventas a plazo. En caso de importaciones el valor CIF (Costo, Seguro y Flete). AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 16. - 16 ESTRUCTURA DEL IVA V. DÉBITO FISCAL = Es el porcentaje atribuible a los importes totales de los precios netos de las ventas, contratos de obras y de prestación de servicios aplicando la alícuota del 13% VI. CRÉDITO FISCAL = Es el porcentaje atribuible a los importes totales de los precios de compras de bienes y servicios alcanzados por dicho gravamen, aplicando la alícuota del 13%. VII.DIFERENCIAENTRE EL DÉBITO Y EL CRÉDITO FISCAL = Es el saldo relativo de las ventas y compras dependiendo cual es el mayor entre ellos para determinar el saldo a favor del fisco por las ventas si éste es mayor que las compras; y si la diferencia es a favor del contribuyente la diferencia surge cuando las compras son mayores que las de ventas. AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 17. - 17 MÉTODO DE CÁLCULO PARA EL IVA Método de cálculo por Adición: Factor de Retribución Importe Alícuota Producción Bs. 13% Trabajo Salario 1,800 234 Capital Intereses 900 117 Tierra Renta 500 65 Empresa Utilidad 1,200 156 TOTALES 4,400 572 AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 18. - 18 MÉTODO DE CÁLCULO PARA EL IVA Método de cálculo por Adición:  Este método establece la base imponible considerando la Suma de las retribuciones que hacen las empresas en un determinado período a los factores de producción.  El IVA que deben cancelar es de Bs.572.00 considerando una tasa del 13% y un período de tiempo mensual o bimestral.  Existen dificultades para poder establecer con exactitud el % que corresponde a la materia imponible, cuando existen tasas diferenciales, mercaderías gravadas, no gravadas y que fueron vendidas por un mismo contribuyente, en un mismo período de comercialización. AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 19. - 19 MÉTODO DE CÁLCULO PARA EL IVA Método de cálculo por Sustracción: Descripción Ventas Compras Diferencia Impuesto Ingresos 60,000 45,000 15,000 1,950 Impuesto 13% 7,800 5,850 1,950 1,950 Nuestro país adoptó este método, que consiste en establecer la base imponible por la Diferencia, que se determina entre las Ventas y las Compras realizadas por los contribuyentes en un período dado, sea un mes, un bimestre. AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 20. - 20 MÉTODO DE CÁLCULO PARA EL IVA  Método de cálculo por Sustracción: Dentro de este método, el cálculo se puede realizar a partir de dos puntos de vista: a) Cálculo del IVA Sobre Base Efectiva o Real. Real Esta modalidad demuestra que el gravamen o la carga tributaria que resta el responsable al efectuar sus compras, no es deducible hasta que los bienes adquiridos se incorporen a la producción en forma real y concreta, o en el caso de comercio, hasta que las mercaderías sean vendidas. b) Cálculo del IVA Sobre Base Financiera. Determina la base del impuesto por la diferencia entre las ventas y las compras que se realizan en un determinado período, sin tomar en cuenta si las mercaderías vendidas son adquiridas o producidas en este lapso o si las compras originan enajenaciones o se mantienen almacenadas (caso de Bolivia). AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 21. - 21 MÉTODO DE CÁLCULO PARA EL IVA  Cálculo del IVA Sobre Base Financiera. Para llevar a Financiera cabo las deducciones que admite esta modalidad del impuesto, se puede considerar dos sistemas: a) Sistema de cálculo Base contra Base (caso Bolivia) La tasa del impuesto se aplica a la diferencia que resulta de deducir del monto de ventas, los montos por concepto de compras en un período dado que puede ser mensual o bimestral. DESCRIPCIÓN Bs. Ventas del período fiscal 100,000 Compras del período fiscal (80,000) Base Imponible 20,000 Impuesto a pagar 13% s/B.I. 2,600 AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 22. - 22 MÉTODO DE CÁLCULO PARA EL IVA  Cálculo del IVA Sobre Base Financiera. b) Sistema de cálculo Impuesto contra Impuesto. Este sistema permite a los contribuyentes determinar el impuesto que corresponde a la compra de mercaderías, en forma separada del impuesto que corresponde por la venta de sus mercaderías que realizaron en un período determinado, o sea que el contribuyente tiene derecho a un crédito fiscal por el impuesto cargado en sus compras. CONCEPTO IMPORTE ALÍCUOTA IMPUESTO BS. BS. Ventas 100,000 13% 13,000 Compras 80,000 13% 10,400 Impuesto a pagar 2,600 AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 23. - 23 CLASES DE TASAS Y SUS APLICACIONES  TASA NOMINAL = Es la alícuota del 13% y cumple los siguientes objetivos: a) Se utiliza para determinar el Crédito y Débito Fiscal en los libros respectivos de Compras y Ventas IVA y en la DGII, formulario 200. Ejemplo para Venta y compra de Bienes y Servicios; y registro en el formulario 200: DESCRIPCIÓN TOTAL CRÉDITO DÉBITO FISCAL FISCAL Ventas del período 30,000 3,900 Compras del período 20,000 2,600 Saldo a favor del Fisco 300 AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 24. - 24 CLASES DE TASAS Y SUS APLICACIONES  TASA NOMINAL. b) Se utiliza en los registros contables, en el Libro LIBRO DIARIO Página 55 Diario por las Fecha Descripción Ene. 15 Crédito Fiscal IVA FM Debe 650 Haber operaciones de compras Inventarios 4,350 y ventas de bienes y Proveedores por Pagar 5,000 servicios. Ejemplo para registros contables: Se adquieren 5 artículos LIBRO DIARIO Página 55 Fecha Descripción Debe Haber “X” para la reventa por Ene. 20 Caja FM 6,000 Bs.5,000 según factura Débito Fiscal IVA 780 345, 2/15, n30. Ingreso por Servicios 5,220 Se facturan servicios de auditoría por Bs.6,000 al contado. AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 25. - 25 CLASES DE TASAS Y SUS APLICACIONES  TASA EFECTIVA = Es la tasa del 14.94% equivalente a la Tasa Nominal del 13%, y se aplica en los siguientes casos: a) Para determinar el pago del IVA sobre importaciones definitiva de los bienes. b) Sirve para trasladar el IVA al consumidor final en forma implícita (por dentro) para las operaciones de venta de bienes y servicios en el país. PROCEDIMIENTO DE CÁLCULO: CASO A) Si al 100% corresponde 100, entonces al 13% corresponde 13 Diferencias 87% es a 87, luego TASA EFECTIVA = 13 x 100 = 0.14942529 x 100 = 14,94% 87 AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 26. - 26 CLASES DE TASAS Y SUS APLICACIONES  TASA EFECTIVA. PROCEDIMIENTO DE CÁLCULO: CASO B) Tasa Efectiva = Alícuota Nominal x 100 100 – Alícuota Nominal Tasa Efectiva =13 x 100 = 1,300 = 14,9425287356 100 - 13 87 Tasa Efectiva = 14.94% AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 27. - 27 CLASES DE TASAS Y SUS APLICACIONES  TASA DGII Formulario 133 y/o 134 Bs. EFECTIVA. Valor CIF imponible IVA 79,610 Cálculo de Impuesto sobre Derechos y Cargos Aduaneros 7,961 Importaciones definitivas: Otros gastos necesarios para 2,745 El registro en libro despacho de compras (90,316 Total Sujeto a Impuesto 90,316 + 13,493) o sea Bs.103,809; donde Impuesto determinado (14.94% s/TSI) 13,493 (13% s/103,809) = Bs.13,495, corresponde al Saldo definitivo a favor del Fisco 13,493 Crédito Fiscal. AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 28. - 28 CLASES DE TASAS Y SUS APLICACIONES  TASA EFECTIVA. Traslación del IVA al Consumidor Final: De acuerdo a la Ley 843, el IVA se factura por dentro o implícitamente. Por tanto, este impuesto traslada la alícuota del 13% al consumidor final utilizando la Tasa Efectiva del 14.94% para incorporar en forma implícita al precio de las ventas finales de la factura o nota fiscal.  Desde este punto de vista, el IVA es un Impuesto Indirecto.  Para aplicar la correcta traslación del IVA, es necesario diferenciar estos tres precios básicos de referencia:  Precio de Costo - Precio Neto de Ventas y Precio Bruto de venta (incluido el IVA) AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 29. - 29 CLASES DE TASAS Y SUS APLICACIONES TASA EFECTIVA. Precio de Costo 870.00 Método de Traslación del IVA: Incremento Beneficio y 696.00 Supongamos la compra de 5 Gasto (asumir un 80% = artículos “X” cuyo costo 870 x 0.80) unitario es de Bs.870 (4,350/5). Ejemplo: Se vende una unidad Precio Neto de Ventas 1,566.00 del artículo “X” según factura Traslación del 13% del 233.96 321 al contado por Bs.1,799.96 IVA: 14.94% s/PNV (14.94 s/1,566) Precio Bruto de Ventas 1,799.96 LIBRO DIARIO Página 56 Fecha Descripción FM Debe Haber Ene. 20 Caja 1,799.96 Débito Fiscal IVA 234.00 Ventas 1,565.96 AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 30. - 30 CLASES DE TASAS Y SUS APLICACIONES  TASA EFECTIVA. Fórmula para calcular el Precio Bruto de Ventas (incluido el IVA) en forma directa: Donde: PV = Precio de Venta incluido el IVA PV = PC(1+U) 1-i PC = Precio de Costo Ejemplo: U = Tasa de Beneficio (% de Utilidad) PV = 870(1+0.80) i = Tasa Nominal 1 – 0.13 PV = 870(1.80) PV = 1,566 PV = Bs.1,800 0.87 0.87 AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 31. - 31 IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES (IT)  DEFINICIÓN: Se aplica sobre la enajenación o DEFINICIÓN transferencia de derecho de propiedad o pertenencia a otra, los bienes y servicios en todo el territorio nacional. Son contribuyentes de este impuesto las personas naturales, jurídicas y unipersonales.  El IT se determinará sobre la base de los ingresos brutos devengados durante el período fiscal. Se considera así el ingreso bruto al valor o monto total en valores monetarios o en especie devengados por concepto de venta de bienes y servicios.  Este tributo es un Impuesto Directo porque corresponde al impuesto del contribuyente y debe cargarse a una cuenta de resultados el importe efectivamente liquidado y pagado. AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 32. - 32 ESTRUCTURA DEL IT I. OBJETO. Este impuesto grava el ejercicio de comercio, industria, profesión, oficio, negocio, alquiler de bienes muebles o inmuebles, obras o servicios de cualesquiera otras actividades similares, lucrativas o no; hasta los actos a título gratuito. No se encuentra alcanzado por este impuesto las ventas o transferencias por el hecho de un reorganización o aportes de capitales de una empresa. II. SUJETO. Los contribuyentes pasivos a este impuesto son las personas naturales y jurídicas, empresas públicas y privadas y sociedades con o sin personería jurídica, incluidas las empresas unipersonales. AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 33. - 33 ESTRUCTURA DEL IT III. BASE DEL CÁLCULO. El impuesto se determina sobre los ingresos brutos de valores monetarios o en especie, devengados durante el período fiscal (mes calendario) por el ejercicio de la actividad gravada. III. ALÍCUOTA DEL IMPUESTO. Por la Ley 843. Art. 75, y reglamentada por el DS 21532, se estableció una alícuota general del 1%, que fue modificada al 2% según Ley 1141 del 28/02/89. Posteriormente se modificó con la Ley 1606 en su Art. 75 estableciéndose una alícuota del 3%, vigente a partir del 1º de Enero de 1995. III. TRASLACIÓN DEL IT. Este impuesto y todos los demás son trasladables al consumidor final (economía de libre mercado), al igual que el IVA aplicando la Tasa Efectiva. AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 34. - 34 ESTRUCTURA DEL IT  DETERMINACIÓN DE LA TASA EFECTIVA. TE = IVA + IT TE = 13% + 3% = 16% TE = 100 – 16 = 84% TE = 16/84 TE = 0.190476 x 100 TE = 19.05% Para trasladar el IVA y el IT se debe aplicar la Tasa Efectiva del 19.05%, para las ventas de bienes y servicios. AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 35. - 35 ESTRUCTURA DEL IT  FORMA DE TRASLADAR IVA E IT AL CONSUMIDOR FINAL. Ejemplo para un bien o servicio específico: Bs. Precio de costo 870.00 Ganancia 696.00 Precio Neto de Venta 1,666.00 Traslación:(19.05% s/1,666.00) 298.32 Precio Bruto de Ventas 1,864.32 LIBRO DIARIO Página 57 Fecha Descripción FM Debe Haber Ene. 25 Cuentas por Cobrar 1,864.32 Impuesto a las Transacciones 56.00 Débito Fiscal IVA 242.00 IT por Pagar 56.00 Ventas 1,622.32 AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 36. - 36 ESTRUCTURA DEL IT VI. EXENCIONES. Están exentos los siguientes conceptos de este impuesto: a) Ingresos de empleados dependientes b) Desempeño de cargos públicos c) La venta de mercaderías al exterior por el exportador (exportaciones). No alcanza a las actividades vinculadas a la exportación. d) Los servicios prestados por el Gobierno Nacional, Departamental, Local y sus dependencias. e) Los intereses producto de ahorros, cuenta corriente y plazo fijo. AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 37. - 37 ESTRUCTURA DEL IT VI. EXENCIONES. Están exentos los siguientes conceptos de este impuesto: a) Establecimientos educativos privados sujetos a planes de enseñanza oficial. b) Servicios diplomáticos de los países extranjeros. c) La edición e importación de: libros, diarios, publicaciones informativas en general, periódicos y revistas, en todo su proceso de creación, actividades realizadas por el propio editor o terceros por cuenta de éste. d) La compra – venta de acciones, debentures y títulos o valores realizadas en mercados Bursátiles o fuera de ella. AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 38. - 38 ESTRUCTURA DEL IT  PERÍODO FISCAL Y LIQUIDACION DE PAGO El impuesto resultante de los ingresos brutos se liquidará y empozará por períodos mensuales en formulario oficial. El impuesto I.U.E. liquidado y pagado por períodos anuales será considerado como pago a cuenta de este I.T., a partir del mes posterior a aquél en que cumplió con la presentación de la declaración jurada y pago del I.U.E. Esto significa que, si suponemos que la empresa “X” presentó y pagó el I.U.E. de la gestión 2006 en marzo 2007, la compensación se efectuará con las ventas de abril 2007. AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 39. - 39 ESTRUCTURA DEL IT  Asiento contable no compensado con I.U.E.  Ejemplo: Las ventas totales (crédito y contado) de la empresa “X” en el mes de enero de 2007 fueron de Bs.250.500, s/g facturas 852 a 935.  Procedimiento correcto del cálculo del I.T.: LIBRO DIARIO Página 57 CONCEPTOS Bs. Fecha Descripción FM Debe Haber Ene. 31 Bancos 200,500.00 Ingreso Bruto 250,500.00 Ctas. por Cobrar 50,000.00 Monetario Impuesto a las Transacciones 7,515.00 Débito Fiscal IVA 32,565.00 IVA (13% s/250,500) 32,565.00 I.T. por Pagar 7,515.00 IT (3% s/250,500) 7,515.00 Ventas 217,935.00 Para registrar las ventas de Ventas (250,500 217,935.00 Mds. en enero 2007 -32565) Feb 13 I.T. por pagar 7,515.00 Bancos 7,515.00 Para registrar el pago del IT por enero 2007, con cheque. AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 40. - 40 ESTRUCTURA DEL IT  Asiento contable compensado con I.U.E. Ejemplo: La empresa “X” tiene por compensar el I.U.E. por un Ejemplo importe de Bs.15,630.00 del período 10/2007. Suponer que las ventas en noviembre 2007 ascienden a Bs.460,800 s/g facturas: CONCEPTOS Bs. LIBRO DIARIO Página 57 Fecha Descripción FM Debe Haber Total Ingresos Brutos 460,800.00 Nov. 30 Banco 460,800.00 IVA (13% s/460,800) 59,904.00 Débito Fiscal IVA 59,904.00 Ventas 400,896.00 IT (3% s/460,800) 13,824.00 Para registrar las ventas del mes Ventas (460,800 400,896.00 de Noviembre al contado. -59,904)  Como se observa, al 30 de noviembre no se efectúa ningún registro contable por tener un saldo para compensar con el IUE, las compensaciones sólo se muestran en las declaraciones juradas. AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 41. - 41 ESTRUCTURA DEL IT  Asiento contable compensado con I.U.E. Formulario 400 Período 11/2007 Bs. Ingresos gravados 460,800.00 Total sujeto a Impuesto 460,800.00 Liquidación del Impuesto 3% 13,834.00 Impuesto determinado 13,834.00 IUE a ser compensado 15,630.00 Mantenimiento de valor 0.00 Subtotal Contribuyente y Fisco 15,630.00 13,834.00 Saldo IUE para 12/08 1,796.00 Diferencia a favor del Fisco 0.00 0.00 AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 42. - 42 ESTRUCTURA DEL IT Asiento contable de CONCEPTOS Bs. la compensación del saldo y el pago de la Total Ingresos Brutos 358,000.00 diferencia no IVA (13% s/358,000) 46,540.00 compensada. compensada IT 3% s/358,000 = 10,740 8,937.00 Suponer que las (10,740 – 1,803) ventas durante el Ventas (358,000 - 46,540) 311,460.00 mes de Diciembre 2006 ascienden a Bs.358,300 s/g facturas al crédito: LIBRO DIARIO Página 57 Fecha Descripción FM Debe Haber Dic. 31 Cuentas por Cobrar 358,000.00 Impuesto a las Transacciones 8,937.00 Débito Fiscal IVA 46,540.00 I.T. por Pagar 8,937.00 Ventas 311,460.00 Para registrar las ventas del mes de Diciembre 2006 y la provisión de Impuestos. AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 43. - 43 ESTRUCTURA DEL IT Formulario 400 Período Bs. 12/2007  Asiento contable de Ingresos gravados 358,000.00 la compensación Total sujeto a Impuesto 358,000.00 del saldo y el pago Liquidación del Impuesto 3% 10,740.00 de la diferencia no Impuesto determinado 10,740.00 compensada. IUE a ser compensado 1,796.00 Mantenimiento de valor 7.00 Subtotal Contribuyente y 1,803.00 10,740.00 Fisco Saldo IUE para 01/08 0.00 Diferencia a favor del Fisco 0.00 8,937.00 LIBRO DIARIO Página 57 Fecha Descripción FM Debe Haber Ene. 13 I.T. por Pagar 8,937.00 Banco 8,937.00 Para registrar el pago del saldo del I.T. no compensado. AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 44. - 44 ESTRUCTURA DEL IT  Venta de Bienes CONCEPTOS Bs. Exentas: Total Ventas facturadas 52,100.00  Suponer que una empresa editora tiene los siguientes IVA (13% s/52,100) 6,773.00 ingresos durante el mes de enero de 2007: IT 3% s/2,100 63.00  Venta de periódicos Ventas (52,100 - 6,773) 45,327.00 facturados por Bs.50,000  Venta de anuncios publicitarios facturados por LIBRO DIARIO Página 57 Fecha Descripción FM Debe Haber Bs.2,100 Ene. 31 Banco 52,100.00 Impuesto a las Transacciones 63.00 Débito Fiscal IVA 6,773.00 I.T. por Pagar 63.00 Venta de periódicos 43,500.00 Venta de publicidad 1,827.00 Para registrar las ventas del mes según facturas. AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 45. - 45 ESTRUCTURA DEL IT  Adquisición sin respaldo de Notas Fiscales:  Compra de bienes: Una empresa compra de ocasión una silla por Bs.600 sin factura CONCEPTOS Bs. LIBRO DIARIO Página 57 Fecha Descripción FM Debe Haber Valor total del bien 600.00 Feb. 4 Muebles y Enseres 600.00 Otros Imptos. por pagar 18.00 Retención del IT 3% (18.00) Banco 582.00 Para registrar la compra de una Importe pagado 582.00 silla sin factura.  Compra de servicios: Se LIBRO DIARIO Página 57 Fecha Descripción FM Debe Haber contrató los servicios de un Ene. 31 Honorarios Profesionales 412.00 auxiliar contable por Bs.400 y el Banco 400.00 pago de impuestos corre por 12.00 Otros Imptos. por Pagar cuenta de la empresa. Para registrar el pago por servicios de un auxiliar y la provisión del IT AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 46. - 46 ESTRUCTURA DEL RC-IVA I. OBJETO. Grava los siguientes ingresos personales: a) Alquiler o subalquilar bienes muebles e inmuebles y anticréticos, salvo los sujetos alcanzados por IUE. b) Intereses, rendimientos por colocación de capitales, que no constituyan ingresos sujetos a IUE. c) Ingresos en calidad de dependencia: Sueldos, primas, dietas, viáticos y otros. d) Honorarios de directores y síndicos de sociedades y de unipersonales. e) Otros ingresos de carácter habitual no sujeto a IUE. II. SUJETO. Son sujetos pasivos de este impuesto las personas naturales y las personas indivisa o sea los Contribuyentes Directos y Empleados Dependientes, sobre los ingresos señalados. AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 47. - 47 ESTRUCTURA DEL RC-IVA III. BASE DEL CÁLCULO. El impuesto toma en cuenta como ingreso el valor o monto total en valores monetarios o en especies percibidos (a valor de mercado al momento de la percepción). a) En relación de dependencia sobre el total ganado de la nómina menos descuentos de ley (cotizaciones) más otros ingresos. b) El aguinaldo y los beneficios sociales no están comprendidos en este impuesto. c) Los sujetos pasivos en relación de dependencia, en cada período fiscal (mes calendario) podrán deducir en concepto de mínimo no imponible el monto equivalente a dos Salarios Mínimos Nacionales. Los contribuyentes independientes también podrán deducir la alícuota del IVA de dos SMN por cada mes. d) En caso de anticréticos se considera el ingreso del 10% anual del monto de la operación, convertido a moneda extranjera. AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 48. - 48 ESTRUCTURA DEL RC-IVA IV. PERÍODO FISCAL E IMPUTACIÓN DE LOS INGRESOS. El período fiscal es mensual y los ingresos se imputan por lo percibido. V. ALÍCUOTA DEL IMPUESTO. La alícuota modificada de este impuesto es del 13% mediante Ley 1314 del 27/02/92, con vigencia a partir del 01/03/92. VI. COMPENSACIONES CON EL IVA. Al impuesto así determinado, los contribuyentes podrán imputar como pago a cuenta la alícuota correspondiente al IVA contenido en las facturas de compras originales presentadas por el dependiente en el mes, en el formulario 98 hasta el 20 de cada mes. Las Notas Fiscales son válidas siempre que no exceda su emisión a 120 días, las mismas necesariamente deben llevar el nombre del dependiente. También podrán compensarse con la alícuota del IVA aplicado sobre el monto de dos SMN. AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 49. - 49 ESTRUCTURA DEL RC-IVA  PROCEDIMIENTO PARA EL CÁLCULO DEL RC-IVA: Sueldo Neto = (Total Ganado – Descuentos de Ley) + Otros Ingresos. Fórmula: SN = [(TG – DL) + OI] DESCRIPCION EMPLEADO A EMPLEADO B Sueldo Total Ganado 5,225 1,358 (-) DL 12.21% s/TG 638 166 Sueldo Neto 4,587 1,192 (-) 2 SMN (Bs.500 x 2) 1,000 1,000 Base Imponible 3,507 192 13% s/Bs.3,507 y 192 456 25 (-) 13% s/2 SMN (1,000 * 13%) 130 130 IMPORTE A FAVOR FISCO 326 (105) (-) DDJJ Form. 98 (13% s/2000 y 0) 260 0 SALDO A FAVOR DEL FISCO (DEPEND.) 66 (105) AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 50. - 50 IMPUESTO SOBRE LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS  El IUE está basado en dos principios fundamentales: 1. Principio de la fuente, y 2. Principio de la Renta Mundial En Bolivia, el IUE se basa sobre el principio de la fuente. En la declaración para el pago del IUE, la Utilidad Imponible (Gravable) se calcula de acuerdo con ciertas disposiciones fiscales, en tanto que la Utilidad Contable se determina según los PCGA. Los objetivos básicos de la utilidad imponible difieren de los de la utilidad contable, diferencias que se deben reconocer en los registros contables y en los estados financieros resultantes. AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 51. - 51 IMPUESTO SOBRE LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS  PRINCIPALES DIFERENCIAS ENTRE UTILIDAD IMPONIBLE Y UTILIDAD CONTABLE ANTES DEL IUE 1. Diferencias que hacen que la utilidad gravable exceda a la utilidad contable: a) Partidas no consideradas como ingresos en contabilidad pero gravadas como ingreso según la Ley Fiscal. b) Partidas consideradas como gastos en contabilidad pero no deducibles para fines de pago del impuesto. 2. Diferencias que hacen que la utilidad contable exceda a a la utilidad gravable: a) Partidas consideradas como ingreso que según Ley están exentas del impuesto. b) Partidas no consideradas como gastos, deducibles para fines de pago del impuesto. AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 52. - 52 IMPUESTO SOBRE LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS  Partidas no consideradas como Ingreso, sujetas al Impuesto: - Ingresos cobrados antes de devengarlos: - Alquileres, intereses y derechos. Se consideran como ingreso para fines fiscales cuando se reciben que cuando se devengan. Esto no es aplicable al ingreso por suscripciones que reciben las empresas editoriales.  Gastos no deducibles para fines de pago del impuesto: 1. Donaciones caritativas que exceden del 10% de la utilidad imponible de una empresa. 2. El excedente del 8.33% del total de salarios brutos de la gestión, aquellos gastos a favor de empleados dependientes, por asistencia sanitaria, ayuda escolar y educativa y clubes deportivos. AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 53. - 53 IMPUESTO SOBRE LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS  Gastos no deducibles para fines de pago del impuesto: 3. Intereses sobre adeudos incurridos al adquirir valores exentos del impuesto e intereses superiores al 30% pagados a terceros. 4. Pérdidas resultantes de ventas ficticias de valores. 5. Multas y accesorios resultantes de infracciones a la Ley. 6. El Impuesto sobre utilidades de las empresas. 7. Ninguna amortización de los activos intangibles y las mayores depreciaciones por revalúo técnico de bienes de uso. 8. Garantías estimadas y costos de garantías. 9. Otros casos con limitaciones. AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 54. - 54 IMPUESTO SOBRE LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS Partidas del Ingreso exentas del Impuesto:  Dividendos  Participaciones percibidas de otras empresas.  Beneficios percibidos del exterior. Deducciones permitidas no consideras como gastos:  Pérdida de la gestión.  Pérdidas de gestiones anteriores.  Mantenimiento de valor. AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 55. - 55 IMPUESTO SOBRE LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS  ESTRUCTURA DEL IMPUESTO  OBJETO. Se crea el IUE, que se aplicará en todo el territorio nacional sobre las Utilidades Anuales obtenidas de los Estados Financieros de las mismas al cierre de cada gestión anual, ajustadas con los incisos precedentes.  SUJETO. Son sujetos de este impuesto todas las SUJETO empresas tanto públicas como privadas, cualquiera sea su forma jurídica incluyendo empresas unipersonales. También se incluyen las empresas que realizan actividades mineras, petroleras, de energía eléctrica y las personas naturales que ejercen profesiones liberales u oficios. AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 56. - 56 IMPUESTO SOBRE LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS  BASE IMPONIBLE. Será la utilidad neta resultante de acuerdo con PCGA y ajustados impositivamente. Para los que ejercen profesiones liberales u oficios, será el 50% de los ingresos netos de IVA.  ALÍCUOTA. Es la tasa del 25%. Para profesionales liberales u oficios, la tasa efectiva se reduce al 12.50%  EXENCIONES. Están exentas del impuesto: EXENCIONES a) Las actividades del Gobierno Nacional, Departamental, Local, Univ. Públicas excepto las actividades comprendidas dentro del Código de Comercio. b) Las utilidades obtenidas por las asociaciones sin fines de lucro de acuerdo a sus estatutos y legalmente autorizados como ser: religiosas, educativas, deportivas, políticas, sindicales o gremiales. c) Los intereses a favor de organismos internacionales de crédito e instituciones oficiales extranjeras, cuyos convenios hayan sido ratificados por el Honorable Congreso Nacional. AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 57. - 57 IMPUESTO SOBRE LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS  OTROS ASPECTOS DE TRASCENDENCIA. 1) Retenciones a Residentes. Las empresas públicas y privadas y las instituciones y organismos del estado que efectúen pagos a quienes ejercen profesiones liberales u oficios o a sucesiones indivisas de personas naturales gravadas por este impuesto, por concepto de las fuentes de rentas y no estén respaldadas por la factura deberán retener: a) En el caso de compra de servicios el 25% del 50% del importe pagado. b) En el caso de compra de bienes el 25% del 20% del importe pagado (Bienes de Cambio o Bienes de Uso). AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 58. - 58 IMPUESTO SOBRE LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS  Retenciones a CONCEPTOS Bs. Residentes. Costo de Instalación 600.00 Ejemplo 1- a Retención IUE (25% s/300) (75.00) Se contrata los servicios de un Retención IT (3% s/600) (18.00) albañil para Importe cancelado con cheque 507.00 reinstalación de cañerías de agua por LIBRO DIARIO Página 57 Fecha Descripción FM Debe Haber Bs.600.00 Ene. 31 Gastos de Mantenimiento 600.00 Retención IUE por pagar 75.00 Retención IT por pagar 18.00 Banco 507.00 Glosa AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 59. - 59 IMPUESTO SOBRE LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS Retenciones a CONCEPTOS Bs. Residentes. Ejemplo 1- b Costo de Instalación 710.00 Para el caso cuando no Retención IUE (25% s/355) (89.00) existan las retenciones: 100% = 100, 50% = 50 , 25% = 12.50 Retención IT (3% s/710) (21.00) (12.50% s/100 = Bs.12.50) Importe cancelado con 600.00 Porcentaje para la Traslación: IUE = cheque 12.50%, IT = 3.00% Total = 15.50% Donde: (100% -15.50%) = 84.50%, LIBRO DIARIO Página 57 entonces: Fecha Descripción FM Debe Haber Bs.600.00 es a 84.50% y Bs. X es a Ene. 31 Gastos de Mantenimiento 710.00 100% Retención IUE por pagar 89.00 X = (600.00 x 100)/84.50 = Bs.710.00 Retención IT por pagar 21.00 Banco 600.00 Glosa AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 60. - 60 IMPUESTO SOBRE LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS  Retenciones a Residentes. CONCEPTOS Bs. Ejemplo 2- a Costo de adquisición 3,100.00 Se adquieren dos Retención IUE (25% s/620) (155.00) escritorios por Retención IT (3% s/3,100.00) (93.00) Bs.3,100.00 para Importe pagado al contado 2,852.00 uso del negocio. LIBRO DIARIO Página 57 Fecha Descripción FM Debe Haber Ene. 31 Muebles y Enseres 3,100.00 Retención IUE por pagar 155.00 Retención IT por pagar 93.00 Banco 2,852.00 Glosa AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 61. - 61 IMPUESTO SOBRE LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS Retenciones a Residentes. CONCEPTOS Bs. Ejemplo 2- b Para el caso cuando no existan Costo de los escritorios 3,369.00 las retenciones: 100% = 100, 20% = 20 , 25% = 5 Retención IUE (25% s/674) (168.00) (5% s/100 = Bs.5.00) Retención IT (3% s/3,369.00) (101.00) Porcentaje para la Traslación: IUE = 5%, IT = 3.00% Total = 8% Importe pagado al contado 3,100.00 Donde: (100% - 8%) = 92%, entonces: Bs.3,100.00 es a 92% y Bs. X es LIBRO DIARIO Página 57 a 100% Fecha Descripción FM Debe Haber X = (3,100.00 x 100)/92 = Ene. 31 Muebles y Enseres 3,369.00 Bs.3,369.00 Retención IUE por pagar 168.00 Retención IT por pagar 101.00 Caja 3,100.00 Glosa AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 62. - 62 IMPUESTO SOBRE LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS  Mecanismo de Compensación con el IT. El IUE liquidado y pagado por la gestión anual, será tomado como pago a cuenta del IT, a partir del primer mes, posterior a aquél en que se cumple con la presentación y pago del IUE. LIBRO DIARIO Página 57 Fecha Descripción FM Debe Haber Dic. 31 Anticipo de IT 27,671.00 IUE por Pagar 27,671.00 Glosa AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 63. - 63 IMPUESTO SOBRE LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS  Estado financiero a presentar al SII y el último asiento a realizar. LIBRO DIARIO Página 57 Fecha Descripción FM Debe Haber Dic. 31 Impuesto sobre las 27,671.00 Utilidades de las Empresas Provisión del Impuesto sobre 27,671.00 las Utilidades de las Empresas Para registrar la provisión del IUE calculado sobre la utilidad gravable AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 64. - 64  Ejemplo: Determinación de la Utilidad Imponible y propuesta Asientos de Ajuste. LIBRO DIARIO Página 57 Fecha Descripción FM Debe Haber Dic. 31 Anticipo de de Impuestos Gastos IT 76,568.00 Impuestos por Pagar 76,568.00 Para registrar la provisión del IUE de la gestión 2007 LIBRO DIARIO Página 57 Fecha Descripción FM Debe Haber Dic. 31 Impuesto sobre las 76,568.00 Utilidades de las Empresas Provisión del Impuesto 76,568.00 sobre las Utilidades de las Empresas Para registrar la provisión del IUE de la gestión 2007 AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 65. - 65  Estado de Resultados con la primera propuesta mayorizada y los asientos propuestos en la fecha de pago: LIBRO DIARIO Página 57 Fecha Descripción FM Debe Haber Mar. 15 Impuestos porImpuestos Gastos de Pagar 76,568.00 Bancos 76,568.00 Para registrar la cancelación del IUE de la gestión 2007 según Form. 84 LIBRO DIARIO Página 57 Fecha Descripción FM Debe Haber Mar. 15 Provisión para Impuesto 76,568.00 sobre las Utilidades de las Empresas Bancos 76,568.00 Para registrar la cancelación de IUE de la gestión 2007 según Form. 84 AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 66. - 66 IMPUESTO SOBRE LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS  NOTA IMPORTANTE: IMPORTANTE El IUE efectivamente pagado (en el ejemplo) de Bs.76,568 es el que se compensará con el IT a partir del primer mes posterior a la fecha de pago, es decir con las ventas facturadas del mes pago de abril 2008.  Durante el proceso de compensación, no hay necesidad de efectuar asientos contables, los controles incluyendo mantenimiento de valor se lo efectúa a través de la DDJJ correspondiente del IT (Form. 400).  Si no se llega a compensar el 100% del IUE pagado, la diferencia sin compensar se consolida a favor del Fisco, sin hacer asiento contable. Fisco AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA
  • 67. - 67 FINAL DEL TEMA 3 AFYC LTDA. Camiri – Santa Cruz - Bolivia SU CONSULTORA DE CONFIANZA

Notas do Editor

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