2. El Estatuto de Autonomía es
la norma institucional básica
española de una comunidad o
de una ciudad autónoma,
reconocida por la Constitución
española de 1978 en su artículo
147 y cuya aprobación se lleva a
cabo mediante Ley Orgánica,
tipo de norma que requiere el
voto favorable de la mayoría
absoluta del Congreso de los
Diputados en una votación
final sobre el conjunto del
proyecto. En él se recogen, al
menos, la denominación de la
Comunidad, la delimitación
territorial, la denominación,
organización y sede de las
instituciones autónomas, las
competencias asumidas y, si
procede, los principios del
régimen lingüístico
Foto del estatuto de
autonomía
3. EL NOMBRE : Comunidad de Madrid.
LA BANDERA : Es roja y tiene siete estrellas blancas
en su interior.
4. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid
se aprobó en 1983. Después, ha tenido varias reformas.
El Estatuto de Autonomía es la ley más importante de
la Comunidad, después de la Constitución. En el se
definen:
El nombre, la delimitación, la bandera, las
competencias y el nombre y la organización de sus
instituciones.
5. La Asamblea de Madrid es el parlamento autonómico de
la Comunidad de Madrid (España). Representa a los
habitantes de la región ejerciendo la potestad legislativa.
Aprueba los presupuestos del gobierno regional y controla
e impulsa la acción política y de Gobierno.
Los diputados que forman la Asamblea de Madrid son
elegidos por un plazo de cuatro años mediante sufragio
universal, libre, igual, directo y secreto.
6. La Asamblea de Madrid es la institución que
representa a los ciudadanos de la Comunidad. Sus
miembros son elegidos en las elecciones autonómicas.
Sus labores son: Elaborar las leyes para la Comunidad,
elegir al presidente o presidenta de la comunidad y
aprobar los presupuestos de la Comunidad.
7. El presidente o presidenta es elegido por la Asamblea
de Madrid de entres los diputados y diputadas y
nombrado por el rey.
Las funciones del presidente son: el representar a la
Comunidad, son el presidir el gobierno autonómico y
la de elegir a los consejeros o consejeras.
8. El gobierno está formado por el presidente y los
consejeros y consejeras que son nombrados por él.
Las funciones del Gobierno de la Comunidad son las
siguientes:
Aplicar las leyes que aprueban la Asamblea.
Y decidir cómo funcionan las áreas.