2. Sebastián Szabo
Horacio Teitelbaum
DERECHO DE SUPERFICIE
AMALGAMA PARA LA REACTIVACIÓN ECONÓMICA
Vehículo eficiente para:
•motorizar procesos de expansión
•paliar déficit habitacional y social
Su plasticidad permite articularlo con:
•otros derechos reales y personales
•múltiples figuras contractuales
Respetando:
•derechos de los pueblos originarios
•zonas de seguridad de fronteras
•Ley de tierras rurales
•derecho sustentable y de incidencia colectiva
•derechos del consumidor
Destacamos:
•temporalidad
•gravabilidad
•amplias facultades de administración y disposición para el superficiario
3. • Difundir, asesorar.
• Dejar atrás los postulados sobre la extensión del dominio desde el cielo hasta el infierno.
• Aceptar que la propiedad superficiaria y la propiedad horizontal superficiaria tienen sus propias regulaciones
sujetas a plazo y que el derecho de accesión se neutraliza ante el ejercicio del derecho real de superficie
• Obtener regulaciones tributarias nacionales y locales que faciliten su implementación
• Impulsar la aplicación del derecho real de superficie en los aspectos negociales y de incentivo social para
acompañar la reactivación económica y ofrecer alternativas originales a bajo costo de inversión, realzando la
función productiva de la propiedad.
Sebastián Szabo
Horacio Teitelbaum
DERECHO DE SUPERFICIE
AMALGAMA PARA LA REACTIVACIÓN ECONÓMICA
4. • Normas administrativas Locales
• Código de Minería
• Comunidades Aborígenes
• Ley de Tierras Rurales
• Zonas de seguridad
• Derecho ambiental y sustentable
• Inversiones Extranjeras – Artículo 2667 CCyCN
Sebastián Szabo
Horacio Teitelbaum
DERECHO DE SUPERFICIE
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5. Sebastián Szabo
Horacio Teitelbaum
DERECHO DE SUPERFICIE
AMALGAMA PARA LA REACTIVACIÓN ECONÓMICA
SUPERFICIEUSUFRUCTO
• Usar, Gozar y disponer jurídica y materialmente del bien,
permite alterar la sustancia. (2114)
• Usar, Gozar y disponer sin alterar la sustancia (2129)
• Transmisible por causa de muerte (2119)• Intransmisible por causa de muerte (2140)
• No se extingue por la muerte del superficiario, ni por la
extinción de la persona jurídica, se extingue por no uso
por 10 ó 5 años.
• Se extingue por la muerte del usufructuario, la extinción
de la persona jurídica usufructuaria y no uso por diez
años (2152)
• Duración 70 años para construcciones, y 50 años para
forestaciones y plantaciones (2117)
• Duración persona física vitalicio, Personas jurídicas plazo
máximo 50 años (2152)
• Puede gravarse con hipoteca y demás derechos de
garantía, afectarse a propiedad horizontal (2120)
• No es gravable con hipoteca, puede gravarse con
servidumbre, anticresis, uso y habitación (2142)
6. Sebastián Szabo
Horacio Teitelbaum
DERECHO DE SUPERFICIE
AMALGAMA PARA LA REACTIVACIÓN ECONÓMICA
LEASING
Posibilidad de aplicar en forma analógica por pacto la opción de adquirir sobre lo construido al extinguirse
el DRS luego de la readquisición del dominio.
DERECHO DE SOBREELEVAR
Es un derecho personal, que permite la anulación del derecho de accesión por pacto, reservas,
autorizaciones y renuncias y poder especial irrevocable para modificación de reglamentos y adjudicaciones
o transmisiones de obra nueva. El DRS es desde su origen autónomo del derecho del propietario
FIDEICOMISO
Fideicomiso, patrimonio de afectación, en el DRS el propietario del terreno se independiza de las
actividades del superficiario. Ambos están sujetos a plazo. El fideicomiso puede estar sujeto también a
condición.
7. • Ductilidad para viabilizar proyectos urbanísticos, agropecuarios, industriales, turísticos, sociales y explotación
de fuentes de energía renovables.
• Función multiplicadora de desarrollo en áreas crediticias, inversión a bajo costo y temporal.
• Impulsa la activación de propiedades improductivas, los propietarios no se desprenden de su patrimonio y los
inversores acceden a plantar, forestar o construir en el marco de proyectos productivos a corto, mediano o
largo plazo.
Sebastián Szabo
Horacio Teitelbaum
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